Debido a esto, ya no estará disponible el proceso "Aviso al SAT de la cancelación de CFDI" .
¿Qué pasa si necesitas cancelar un CFDI?
Si como emisor tienes la necesidad de cancelar un documento después del 31 de octubre de 2018, te recomendamos primero realizar la solicitud de cancelación desde el portal del SAT y después de autorizada, realizar la cancelación en tu sistema CONTPAQi®.
Importante:
Esta recomendación aplica mientras CONTPAQi® libera las versiones de los sistemas en donde se incluye el proceso del Nuevo Esquema de Cancelación con Aceptación.
Te invitamos también a conultar el manual de Cancelación publicado por el SAT, mismo que podrás encontrar al final de esta publicación.
En este contenido encontrarás información actualizada sobre en qué consiste este nuevo esquema, los diferentes escenarios y la recomendación de CONTPAQi® para llevarlo en los sistemas.
Estaremos compartiendo más adelante las fechas de liberación de las nuevas versión.
Atentamente
Norma Ruiz
Coordinador de Consultoría CONTPAQi | Easi Consultores |